Comprar una vivienda en España siendo extranjero o no residente es una operación frecuente, especialmente en zonas como Málaga y la Costa del Sol. Sin embargo, para que la compra sea segura y no existan sorpresas posteriores, es imprescindible conocer los trámites y precauciones legales que deben seguirse.
En Antonio Pardo Skoug Abogado ofrecemos asesoramiento integral en compraventas inmobiliarias, especialmente para clientes internacionales, con el objetivo de garantizar una transacción transparente y sin riesgos.
¿Qué significa ser “no residente”?
A efectos legales y fiscales, se considera no residente a quien no tiene su residencia habitual en España. Esta condición afecta a ciertos impuestos, documentación y gestiones necesarias para formalizar la compra, por lo que conviene determinarla correctamente desde el inicio.
Documentación imprescindible para comprar
Antes de iniciar la operación, el comprador no residente deberá disponer de:
NIE (Número de Identidad de Extranjero): necesario para firmar y pagar impuestos.
Cuenta bancaria en España (muy recomendable): facilita pagos, recibos y gestión de suministros.
Pasaporte o documento identificativo válido.
En algunos casos, se requiere acreditar el origen de fondos (por normativa de prevención de blanqueo de capitales).
Contrato de arras: el paso clave
Uno de los errores más comunes es firmar un contrato de arras sin revisión legal previa. Este documento suele incluir penalizaciones importantes si alguna parte incumple.
Antes de firmarlo conviene analizar:
Precio total y forma de pago
Plazos
Qué ocurre si el vendedor no entrega o si el comprador no puede firmar
Condiciones suspensivas (por ejemplo, obtención de financiación)
Estado legal de la vivienda
Comprobaciones legales antes de comprar
Antes de acudir a notaría, es imprescindible realizar una revisión completa del inmueble:
Nota simple registral: para comprobar titularidad, cargas, hipotecas o embargos.
Situación urbanística: legalidad de la vivienda y posibles infracciones.
Deudas con comunidad de propietarios.
IBI u otros tributos pendientes.
Licencias, certificaciones y documentación técnica.
Estas comprobaciones evitan situaciones como comprar un inmueble con cargas o con problemas urbanísticos.
Firma ante notario, impuestos y registro
La compraventa se formaliza mediante escritura pública ante notario. Tras la firma, se debe:
Liquidar impuestos (ITP o IVA según el caso)
Presentar la escritura
Inscribir en el Registro de la Propiedad
Además, es recomendable gestionar el cambio de titularidad de suministros (agua, luz, comunidad).
Comprar en España siendo no residente es totalmente viable, pero requiere una planificación correcta y una revisión jurídica completa. Contar con un abogado especializado permite proteger la inversión, negociar con seguridad y evitar errores que pueden resultar costosos.
Si está pensando en comprar una vivienda en España, en Antonio Pardo Skoug Abogado podemos acompañarle en todo el proceso con rigor, transparencia y eficacia.
